Sí, puedes vender por internet sin ser autónomo cuando vendes de forma ocasional cosas tuyas que ya no usas: la ropa que se te ha quedado pequeña, un móvil antiguo, los muebles de una mudanza. No puedes cuando vender se convierte en una actividad habitual con ánimo de lucro, como comprar para revender o fabricar productos para venderlos de forma continuada. En ese caso debes darte de alta en Hacienda y, en principio, en la Seguridad Social, ganes mucho o poco.
La clave: venta ocasional o actividad habitual
La Ley 20/2007 del Estatuto del trabajo autónomo se aplica a quien realiza "de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia" una actividad económica a título lucrativo. La palabra que decide casi todo es habitual.
| Situación | ¿Actividad económica? |
|---|---|
| Vendes la cuna y el carrito que ya no usas | No: es venta ocasional de bienes propios |
| Vacías el trastero y vendes veinte cosas en un mes | Normalmente no: siguen siendo bienes personales usados |
| Compras ropa de segunda mano en lotes para revenderla más cara | Sí: compras con intención de revender |
| Haces bisutería o velas y las vendes cada semana en Instagram | Sí: fabricas para vender de forma continuada |
| Revendes entradas, zapatillas o consolas de edición limitada | Sí, si lo haces de forma repetida para ganar dinero |
Lo que pesa no es la plataforma ni la cantidad de anuncios, sino la intención y la repetición: si compras o produces para vender y lo haces de forma continuada, es un negocio.
Vender cosas usadas tuyas: qué dice Hacienda
Vender tus propias cosas usadas no te convierte en empresario, no tienes que emitir factura y no cobras IVA. Lo que sí puede afectar es el IRPF:
- Si vendes por menos de lo que te costó, que es lo normal con ropa, muebles o electrónica, esa pérdida se debe al consumo y no se computa. El manual de renta de la Agencia Tributaria lo explica con el ejemplo de un coche comprado por 15.000 euros y vendido años después por 4.800: no hay pérdida fiscal porque la diferencia se debe al uso (ver manual).
- Si vendes por más de lo que te costó, por ejemplo una pieza de colección que se ha revalorizado, la diferencia es una ganancia patrimonial y se declara en la renta.
Un detalle que poca gente conoce: en una compraventa entre particulares de un bien mueble usado, el impuesto que corresponde es el de Transmisiones Patrimoniales, y lo debe pagar quien compra, no quien vende, según el artículo 8 de su texto refundido. El tipo lo fija cada comunidad autónoma.
Cuándo vender por internet ya es una actividad económica
Hay señales claras de que has pasado de vender lo que te sobra a tener un pequeño negocio online:
- Compras productos para revenderlos, aunque sea de segunda mano.
- Fabricas, personalizas o transformas productos para venderlos.
- Tienes stock y repones lo que se vende.
- Publicas con regularidad, tienes marca o perfil comercial y atiendes pedidos de forma organizada.
- Los ingresos se repiten mes a mes y forman parte de tu economía.
Si te reconoces aquí, lo que corresponde es la declaración censal en Hacienda con el modelo 036 y, en principio, el alta en el régimen de autónomos de la Seguridad Social. A partir de ahí emitirás facturas, cobrarás IVA si procede y presentarás tus declaraciones. Te contamos cómo afecta la facturación digital en factura electrónica para autónomos.
El mito del salario mínimo
Es muy habitual oír que "si ganas menos del salario mínimo no tienes que darte de alta". No es una regla escrita en la ley. Algunos tribunales han usado los ingresos anuales comparados con el salario mínimo como un indicio más para valorar si una actividad es habitual, pero no como un umbral que te exima automáticamente.
Además, la obligación con Hacienda es independiente: si desarrollas una actividad económica, tienes que darte de alta en el censo y declarar los rendimientos aunque sean pequeños. Antes de apoyarte en ese criterio, consúltalo con una asesoría que conozca tu caso.
Qué saben las plataformas y qué le cuentan a Hacienda
Desde la transposición de la directiva europea conocida como DAC7, las plataformas digitales que facilitan ventas (de segunda mano, de artesanía, marketplaces) deben informar a Hacienda cada año con el modelo 238 sobre sus vendedores: identificación, importes cobrados y comisiones, entre otros datos.
Según las preguntas frecuentes de la Agencia Tributaria, en la venta de bienes quedan fuera los vendedores con menos de 30 operaciones y que no superan 2.000 euros en el año. Y la propia Agencia aclara que esto no crea un impuesto nuevo: no cambia lo que ya tenías que declarar, pero le da información para detectar actividades que no se están declarando.
En la práctica, si vendes mucho y de forma continuada a través de una plataforma, Hacienda lo va a saber. Por eso es mejor regularizar la situación antes que esperar un requerimiento.
Qué pasa si vendes sin darte de alta
Si se considera que tu actividad era habitual y no estabas de alta, las consecuencias pueden venir por dos frentes:
- Seguridad Social: alta de oficio y reclamación de las cuotas no pagadas desde el inicio de la actividad, dentro de los plazos de prescripción, con recargos.
- Hacienda: regularización del IRPF y, si procede, del IVA de esas ventas, con intereses de demora y posibles sanciones.
Además, sin estar de alta no puedes emitir facturas, lo que te cierra la puerta a vender a empresas y a algunos canales. Si tu actividad ya va en serio, el siguiente paso natural es profesionalizarla: lo explicamos en cómo vender por internet desde cero y, si quieres tu propio canal, en cómo crear una tienda online.
Cómo te ayuda Promptea
En Promptea no asesoramos en materia fiscal ni laboral: para eso, tu gestoría. Lo que sí hacemos es ayudarte a dar el salto cuando decides convertir tus ventas en un negocio: tienda online, catálogo en WhatsApp, presencia en Google y facturación preparada para la factura electrónica. Pide un diagnóstico sin compromiso: trabajamos con presupuesto cerrado por escrito tras un diagnóstico sin compromiso en 48 horas.